QUE SON ÁREAS AVIVIR


Con el acontecimiento ocurrido el día 09 de diciembre de 2011 publicado en Gaceta Oficial Nº 6.061 Extraordinario, donde nuestro Comandante Presidente Hugo Chávez, mediante decreto Nº 8.627, crea 51 Áreas Vitales de Viviendas y de Residencias (AVIVIR), las cuales estarán destinadas a la construcción de viviendas, ubicadas en los estados que en el se mencionan, en los términos que en el Decreto se indican, en nuestro Estado Mérida, fueron declaradas siete Áreas AVIVIR, cinco en el Municipio Libertador, una en el Municipio Alberto Adriani y una en el Municipio Campo Elías. Estas Áreas AVIVIR se crean para contrarrestar el déficit de vivienda que existe en el País, pero todo comienza en la Asamblea Nacional cuando se aprueba la Ley de Tierras Urbanas, publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.933 Extraordinario de fecha 21-10-2010, que en esta ley establece en su articulo 1 lo siguiente: “El objeto de esta Ley es regular la tenencia de tierras urbanas sin uso, aptas para el desarrollo de programas sociales de viviendas y satisfacción progresiva del derecho a las viviendas dignas en las zonas urbanas”, este articulo establece la regulación de las  tierras urbanas sin uso, por que realmente en este Municipio Libertador como en muchos del Estado y en la Republica, existen muchos terrenos que están sin ser utilizados, y sin cumplir una función social, como en este caso la construcción de viviendas, debido a esto en la Ley de Tierras Urbanas, en su articulo 6 define “A los efectos de esta Ley, se entiende por tierras urbana sin uso, aptas para el desarrollo de programas sociales de vivienda y hábitat, aquellas extensiones ubicadas en áreas de las ciudades equipadas de servicios públicos, entre ellas: 1. Tierras urbanas abandonadas por sus propietarios o propietarias. 2. Tierras urbanas sin edificar. 3. Cualquier otra que así determine el Ejecutivo Nacional.”, este articulo es muy claro, establece que cualquier terreno sin uso y apto, puede ser utilizado por el Ejecutivo Nacional para construir viviendas, en esta Ley de Tierras Urbana establece que la comunidad organizada, ya sean en Consejos Comunales, OCV o cualquier otra forma civil, denuncie los terrenos que no estaban construidos, abandonados en fin como lo establece la misma ley, y en este caso en todo  el Estado Mérida, el pueblo se organizo y hizo lo establecido en la ley, denuncio una gran cantidad de terrenos abandonados y sin edificar, tanto privados como públicos, y empezó la gran lucha por hacer valer el derecho Constitucional y establecido en la ley de Tierras Urbanas en que toda persona tiene derecho a una Vivienda Digna.
Pasaron casi dos años para que se hiciera justicia social, con el Pueblo organizado que estaba haciendo custodias en los terrenos decretados Áreas AVIVIR, como todavía siguen mucha gente haciendo custodia en muchos terrenos que están sin usos y esperando que nuestro Comandante Presidente Hugo Chávez los declare Áreas AVIVIR, en fecha 29-01-2011, sale publicada en Gaceta Oficial Nº 6.018 Extraordinario, el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, en esta ley orgánica establece que son Áreas AVIVIR, en el articulo 4 define  “ A los efectos de la presente Ley, se entiende por: ….. AREAS VITALES DE VIVIENDAS Y DE RESIDENCIAS (AVIVIR): Creadas mediante Decreto por el Presidente de la Republica en Consejo de Ministros, en ellas, el Estado procederá a reordenar integralmente el territorio, para destinarlo y con urgencia, a la construcción de vivienda. En el marco de esta redistribución y uso del espacio, será efectuada la calificación de los terrenos aptos para la construcción de viviendas e inmuebles no residenciales, que se encuentren ociosos, abandonados o de uso inadecuado a los fines del Poblamiento y habitabilidad. En estas áreas, el ejecutivo nacional podrá establecer un régimen especifico contentivo de condiciones especiales en el ámbito del reordenamiento territorial, laboral, de seguridad, de orden publico, de servicios, simplificación de tramites administrativos, incentivos, regulaciones y cualquier otro tipo de medidas, que coadyuven al cumplimiento expedito de los objetivos de la presente Ley.”, este articulo determina y define que son Áreas AVIVIR, en el caso del Municipio Libertador, donde se decretataron cinco Áreas AVIVIR, como son los terrenos de la ULA, el que esta ubicado en Campo de Oro y en la Liria, el Ejecutivo Nacional cumplió con lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente, la comunidad organizada denuncio estos terrenos que están ociosos y sin edificar, el Presidente de la Republica en Consejos de Ministros los declara Áreas AVIVIR, cumpliendo con la ley y la Constitución, por que en esos terrenos se construirán Viviendas Dignas para el Pueblo Merideño, como lo son los trabajadores de la ULA, los Consejos Comunales, OCV y otras organizaciones civiles, aquí el Estado no esta despropiando a la ULA, por que estos terrenos de la ULA son públicos, y en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda de Venezuela publicada en Gaceta Oficial Nº 6.021 extraordinario de fecha 06-04-2011, en el articulo 5 establece lo siguiente “Los terrenos los cuales se haya construido o se proyecten construir las casa o edificios destinados a la Gran Misión Vivienda Venezuela, que sean propiedad de órganos o entes públicos, deberán ser transferidos a titulo gratuito y de manera irrevocable, a la Republica, a través del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, previa instrucción dictada por dicho Órgano.”, este articulo es muy preciso los terrenos de la ULA, tienen que ser transferido a la Republica, para que se construyan viviendas, con respecto a los terrenos privados en la Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, se establece el mecanismo jurídico para la adquisición del Estado de esos terrenos.
El Ejecutivo Nacional lo que ha hecho es cumplir con las leyes de este País, y cumplir con una gran necesidad que tiene el Pueblo Merideño y de toda la Nación, que es que toda persona tenga una Vivienda Digna, si los terrenos de la ULA, terrenos Privados y otros Públicos al día de hoy no hay nada construido, es por que realmente no tenían ningún proyecto, entonces ahora salen a protestar y decir cualquier cosa para crear el caos, y no revisan las leyes, por que lo mas lógico es que esto iba a pasar y ni las autoridades de la ULA y ninguna persona demando ante los Tribunales de Republica para que estas leyes fueran eliminadas, lo que quiere el Pueblo son  viviendas y esta lucha es de todos los Venezolanos y Venezolanas.